Los objetivos de esta convocatoria son:
a. Generación de conocimiento que permita una mejor comprensión de los mecanismos que provocan un accidente o una enfermedad profesional -o su empeoramiento- y de las estrategias que permiten reducir la incidencia de ambos fenómenos (prevención). Todo proyecto debe al menos entregar una serie de recomendaciones y/o programa y/o guía final y una propuesta de difusión de resultados.
b. Nuevo conocimiento que contribuya a mejorar la calidad, eficiencia y oportunidad de las prestaciones médicas y económicas contempladas en la Ley N°16.744.
c. Mayor conocimiento que permita mejorar las posibilidades de rehabilitación y reintegración al mundo laboral de las y los trabajadores afectados por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales.
Fecha apertura | Lunes 15 de Julio de 2024 |
Fecha cierre | Viernes 16 de Agosto de 2024, 23:59 hrs |
Fecha Cierre VRI | Lunes 12 de Agosto de 2024, 23:59 hrs |
Fecha entrega Informe Final | |
Objetivo | Investigación |
Resultados | |
Fuente de financiamiento | Externa Nacional |
Dirigido a | Académicos/as de planta ordinaria, especial o adjunta con al menos 22 hrs. semanales de contrato |
Convocatoria | 2024 |
Monto maxímo | El monto máximo a financiar por proyecto de investigación, por cada organismo administrador, será de hasta 1.300 UTM). El plazo máximo de ejecución deberá ser de 2 años. Ítems financiables a. Honorarios y remuneraciones. b. Compras de equipos (el monto para este ítem no podrá superar el 50% de costo total del proyecto) c. Gastos Operacionales, tales como: softwares, materiales, realización de exámenes o servicios de terceros, gastos en locomoción, pasajes y viáticos para el desarrollo del proyecto. d. Overhead (sólo para entidades sin fines de lucro). e. Pasajes y viáticos para la asistencia a congresos, seminarios o actividades similares (no podrán superar el 5% del total del proyecto). f. Gastos de administración, tales como: comité de ética, garantías, patentes, contabilidad, imprevistos, entre otros, siempre y cuando estén relacionados con los objetivos de la propuesta. |
Beneficios | |
Guía de postulación | |
Calendario | |
Incompatibilidades | |
Requisitos | Requisitos - Definir un investigador(a) principal y un(a) principal alterno/a en caso de ausencia del primero. - Enviar la propuesta de manera electrónica a través de la plataforma de postulación en la fecha y formato (anexo18) determinados por la SUSESO - Presentar la propuesta en español e Indicar si el proyecto recibe financiamiento de otras fuentes - Adjuntar una carta de interés organismo relacionado (anexo 14), en caso de que se requiera coordinar con otros organismos, empresas o instituciones. - Presentar declaración jurada simples (anexo 15) por cada investigador que participe en el proyecto. - Certificado de evaluación ética. En caso de no necesitarlo, presentar certificado de exención de ética. - Completar el documento antecedentes curriculares (anexo 44) tanto para el investigador(a) principal como para el alterno(a). |
Requisitos para solicitud de patrocinio | |
Importante | |
Responsabilidades | Definiciones 1. Proyectos de investigación: aportar a la generación de conocimiento científico que contribuya a: la prevención de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales, acorde a la realidad nacional; mejorar la calidad, eficiencia y oportunidad de las prestaciones médicas y económicas contempladas en la Ley N°16.744; y mejorar las posibilidades de rehabilitación y reinserción al mundo laboral de las y los trabajadores afectados por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales. 2. Proyectos de innovación: Fomentar el desarrollo de soluciones innovadoras a problemas o desafíos relativos a la seguridad y salud en el trabajo, asociados a la prevención y protección de las y los trabajadores, las prestaciones médicas y económicas que contempla la Ley N°16.744, y a la rehabilitación y reinserción al mundo laboral de las y los trabajadores afectados por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales. 3. Proyectos especiales: La Superintendencia de Seguridad Social dentro del marco de financiamiento de proyectos de investigación e innovación, podrá determinar la realización (ejecución) de uno o más estudios específicos de áreas y/o temas, que, de acuerdo a su criterio, sean pertinentes de efectuarse y contribuyan al desarrollo de la seguridad y salud en el trabajo. 4. Proyectos prioritarios en investigación e innovación: La Superintendencia de Seguridad Social dentro del marco de financiamiento de proyectos de investigación e innovación, publicará términos de referencia indicativos para la elaboración de la propuesta de estudios específicos que sean pertinentes de efectuarse y contribuyan al desarrollo de la seguridad y salud en el trabajo. Estas propuestas tendrán un mecanismo de evaluación diferenciado. 5. Premio tesis en seguridad y salud en el trabajo: Este premio reconoce los trabajos académicos en aspectos de seguridad y salud en el trabajo en materias vinculadas a la realidad nacional. Su objetivo es contribuir a la producción científica en Seguridad y Salud en el Trabajo en Chile por parte de estudiantes de postgrado, desde las distintas disciplinas que pueden aportar a la mejor comprensión de los mecanismos que provocan un accidente o una enfermedad profesional - o su empeoramiento - y de las estrategias que permiten reducir la incidencia de ambos fenómenos (prevención); a mejorar la calidad, eficiencia y oportunidad de las prestaciones médicas y económicas contempladas en la Ley N°16.744; o a mejorar las posibilidades de rehabilitación y reintegración al mundo laboral de las y los trabajadores afectados por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales. |
Información adicional | |
Consultas | Consultas internas: Antonia Ruiz-Tagle L, al correo: suseso@uc.cl Consultas externas: investigaciones@suseso.cl |