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FONDECYT Iniciación 2027


Fondo concursable que busca fomentar y fortalecer el desarrollo de la investigación científica y tecnológica de excelencia a través de la promoción de nuevos/as investigadores/as, mediante el financiamiento de proyectos de investigación de 2 a 3 años de duración en todas las áreas del conocimiento.

Taller Informativo ANID: Ya puedes revisar el video y la presentación.

Taller Informativo UC: Ya puedes revisar el video y la presentación.

 

 

Última actualización: Lunes 27 de abril de 2026.

Fecha apertura Martes 31 de Marzo de 2026
Fecha cierre Martes 12 de Mayo de 2026, 16:00 hrs
Fecha Cierre VRI Miércoles 13 de Mayo de 2026, 04:00 hrs
Fecha entrega Informe Final
Objetivo Investigación
Resultados Diciembre 2026
Fuente de financiamiento Externa Nacional
Dirigido a Investigadores/as
Convocatoria 2027
Monto maxímo $30.000.000 anuales para gastos del proyecto (por cada año de ejecución de 2 o 3 años).

✦ Este monto no incluye:

- Gastos de administración indirectos: hasta un 20% adicional sobre el valor del proyecto adjudicado (excluidos honorarios del IR y gastos de instalación), que se transfiere directamente a la institución patrocinante..

- Gastos de instalación: hasta $3.000.000 adicionales en el primer año, para investigadores/as que deban viajar al país o trasladarse de región..

Beneficios ✳️ Extensiones del período de acreditación del grado (numeral 4.3.1):

El período se extiende al 1 de enero de 2015 para quienes acrediten alguna de las siguientes situaciones:

✦ Investigadoras con nacimiento de un/a hijo/a a partir de 2016 (se suma un año adicional por cada hijo/a adicional desde 2016).

✦ Investigadores/as con tuición o cuidado personal otorgado judicialmente desde 2016, incluyendo adopción (un año adicional por cada niño/a o adolescente desde 2016).

✦ Investigadores/as en situación de discapacidad (acreditable con certificado del Registro Civil, COMPIN o equivalente extranjero).

✦ Nuevo 2027: Investigadores/as en condición de persona cuidadora conforme a la Ley N°21.380 (acreditable con documentos del DS N°2/2020 del Ministerio de Salud).

✳️ Extensiones del período de acreditación publicaciones (numeral 8.2.2):

Los/as postulantes podrán incorporar un máximo de 10 publicaciones en la postulación a partir del año 2021. No obstante, se amplía el periodo de publicaciones a considerar en la evaluación a los/as investigadores/as que cumplen con alguna de las siguientes situaciones:

✦ Investigadoras con nacimiento de un/a hijo/a a partir de 2021 (se suma un año adicional por cada hijo/a) podrán seleccionar publicaciones a partir del año 2018.

✦ Investigadores/as con tuición o cuidado personal otorgado judicialmente desde 2021, incluyendo adopción (un año adicional por cada niño/a o adolescente) podrán seleccionar publicaciones a partir del año 2018.

✦ Investigadores/as en situación de discapacidad (acreditable con certificado del Registro Civil, COMPIN o equivalente extranjero) podrán seleccionar publicaciones a partir del año 2019.

✦ Nuevo 2027: Investigadores/as en condición de persona cuidadora conforme a la Ley N°21.380 (acreditable con documentos del DS N°2/2020 del Ministerio de Salud) podrán seleccionar publicaciones a partir del año 2019.

Guía de postulación
Calendario Fecha apertura ANID: 31 de marzo de 2026

Primer Taller ANID: 16 de abril de 2026 a las 10am

Fecha cierre recepción grados para revisión interna UC: Martes 28 de abril de 2026

Fecha cierre de postulación ANID: Martes 12 de mayo de 2026 a las 16:00 horas

Fecha cierre interno Solicitud Patrocinio UC: Miércoles 13 de mayo de 2026 a las 16:00 horas

Fecha cierre patrocinio institucional ANID (plazo instituciones): Martes 26 de mayo de 2026 a las 16:00 horas

Fecha de inicio de los proyectos: 1 de abril de 2027. El primer año de ejecución - 2027 - comprenderá el período del 1 abril de 2027 al 31 de marzo de 2028.

Incompatibilidades Será declarado/a fuera de bases quien se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

Respecto al tipo de proyecto:

Proyectos que no correspondan a investigación científica o tecnológica (quedan excluidos: creación artística, catálogos, inventarios, impresión de libros, ensayos, traducciones, audiovisuales, textos de enseñanza, mejoramiento institucional y actividades análogas).

Respecto al grado académico:

No contar con grado de doctor o especialidad del área de la salud obtenido entre el 1 de enero de 2016 y el 26 de mayo de 2026 (se aplican extensiones según situación personal, ver Requisitos).

Respecto a la anonimización:

Los documentos: resumen, formulación, referencias, recursos disponibles, solicitud de recursos, anexos y cartas de instituciones aportantes no pueden contener nombre, apellido ni iniciales del/de la IR ni de la institución patrocinante, ni en el contenido ni en el nombre del archivo. Se recomienda además eliminar o bloquear la información de los metadatos del archivo antes de adjuntarlo (numeral 4.10).

Respecto al idioma de la propuesta:

Las postulaciones de los siguientes Grupos de Evaluación deberán ser presentadas en idioma inglés: Agronomía, Astronomía y Astrofísica, Biología 1, 2 y 3, Ciencias de la Tierra, Ciencias Económicas y Administrativas, Física Teórica y Experimental, Gravitación y Física de Altas Energías, Ingeniería 1, 2 y 3, Inter-Trans Disciplinario, Matemáticas, Medicina G1, Medicina G2- G3, Química 1 y 2 y Salud y Producción Animal.

Respecto a proyectos vigentes o finalizados:

✦ Ser o haber sido Investigador/a Responsable de un proyecto Fondecyt Regular o de Iniciación en Investigación, o Director de Proyecto de Exploración.

✦ Ser o haber sido Director/a de un proyecto del Concurso Nacional de Proyectos de Exploración.

✦ Ser o haber sido Director/a Titular o General de proyecto FONDEF (se exceptúan FONIS y VIU).

✦ Ser o haber sido Director/a o Investigador/a Principal en proyectos FONDAP.

✦ Ser o haber sido Director o Principal de Institutos y Núcleos Científicos Milenio.

✦ Haber participado desde 2015 como Investigador/a Titular o Principal de Proyectos Anillos, Director/a de Centro Regional ANID, Director/a o Investigador/a Titular o Principal de Centro con financiamiento Basal, o Director/a o Investigador/a Principal de Centros de Investigación Avanzada en Educación.

Respecto a otras postulaciones simultáneas:

✦ Postular como IR en más de un concurso SPI para el mismo año calendario (solo se considerará el primer proyecto recepcionado). Lo mismo aplica si presenta más de una propuesta en este mismo concurso.

✦ Haber adjudicado otro proyecto Fondecyt a través de lista de espera o recurso de reposición y aceptado su ejecución.

Respecto a la integridad de la postulación:

✦ Incluir información que revele la identidad del/de la IR o de la institución patrocinante en los documentos ciegos (resumen, formulación, referencias, recursos, anexos).

✦ Contener copia sustancial de obras propias o ajenas sin la debida citación.

✦ Contener aspectos ya incluidos en publicaciones, tesis u otras formas de difusión como parte de lo que se propone realizar.

✦ Declarar información falsa o incorporar citas que induzcan a engaño sobre la evidencia referenciada.

✦ Omitir información necesaria para la evaluación.

✦ Sugerir directa o indirectamente la calificación que deben asignar los evaluadores.

✦ Incluir cartas de resultados de concursos anteriores.

✦ Postulaciones cuyo/a IR haya sido sancionado/a con pérdida de patrocinio institucional conforme a las leyes N°21.369 o N°21.643.

Nueva causal 2027 — Deudores de pensiones de alimentos:

Tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al cierre de patrocinio institucional (26 de mayo de 2026), conforme a la Ley N°21.756.

Requisitos Requisitos de la postulación:

✦ Ser persona natural.

✦ Contar con patrocinio de una institución con personería jurídica en Chile cuyo objeto social sea concordante con la actividad del proyecto.

✦ El proyecto debe ser de investigación científica o tecnológica (no artística ni de recopilación).

✦ El proyecto debe ejecutarse en Chile.

✦ El/la IR debe comprometer permanencia en el país por al menos 6 meses en cada año de ejecución.

Requisito de grado académico (numeral 4.3):

Contar con alguno de los siguientes grados obtenidos entre el 1 de enero de 2016 y el 26 de mayo de 2026:

✦ Grado académico de doctor, o

✦ Especialidad del área de la salud (especialidad médica, odontológica, u otras en el área de la salud) con una especialidad primaria de al menos 3 años o derivada de 2 años con certificación universitaria o de la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas de Chile – CONACEM.

El/La Investigador/a Responsable deberá adjuntar en la Etapa Anexos, “Certificados de Estudios” de la postulación:

a) Copia oficial del grado de doctor o especialidad del área de la salud; o

b) Documento que acredite que se encuentra en posesión del grado; o

c) Certificación emitida por la Dirección de Postgrado o autoridad competente de la institución otorgante, la cual acredite que ha cumplido con todos los requisitos para su obtención. Esta última se entiende como un certificado de carácter provisional por lo que deben tener fecha de emisión a contar de enero de 2024.

Importante: en el caso del grado de doctor, certificados o documentos (que no sean el grado oficial) que indiquen la aprobación de la defensa de la tesis o examen de grado deben indicar expresamente que este es el último paso para la obtención del grado de doctor.

Si los documentos especificados se encuentran extendidos en idioma distinto a español o inglés, adicionalmente deberán adjuntar en la misma Etapa Anexos, “Certificados de Estudios”, una traducción simple e íntegra a alguno de estos dos idiomas. En estos casos el archivo debe contener el documento original y la traducción.

Requisitos para postulantes con proyecto Fondecyt Postdoctorado vigente:

✦ Si el proyecto Postdoc termina antes del cierre de patrocinio (26 de mayo de 2026): puede postular si a esa fecha ha enviado la información para aprobación del informe final a través de SIAL.

✦ Si el proyecto Postdoc termina después del cierre de patrocinio: puede postular solo si se encuentra en el último año de ejecución, comprometiéndose a presentar el informe final al 31 de marzo de 2027.

Requisitos para solicitud de patrocinio 🏫 Solicitud de Patrocinio Institucional (Proceso Interno UC)

Requisito UC: El/la postulante a investigador/a responsable del Fondecyt debe poseer un contrato académico de 22 horas o más en la UC. En caso de no cumplir con este requisito, el postulante debe adjuntar una CARTA DE APOYO del/la Decano/a que corresponda que explique su situación, respalde la presentación del proyecto y en la cual se señalen los eventuales compromisos que se asumen. Esta carta debe ir dirigida a la Directora de Investigación, Sra. María Elena Boisier.

Todo proyecto deberá contar con Patrocinio de una Institución con personería jurídica en Chile, para lo cual, todo postulante que agregue a la UC como institución patrocinante principal debe:

1.- Completar el formulario online de solicitud de Patrocinio UC antes del Miércoles 13 de mayo de 2026 a las 16:00 horas, adjuntando la siguiente documentación digital:

DOI (declaración obligatoria del investigador) firmada por el/la Decano/a de su Facultad. Puede descargar el formato en la barra lateral derecha.

Carta de Apoyo (si aplica): El/la postulante a investigador/a responsable del Fondecyt debe poseer un contrato académico de 22 horas o más en la UC. En caso de no cumplir con este requisito, el postulante debe adjuntar una CARTA DE APOYO del/la Decano/a que corresponda que explique su situación, respalde la presentación del proyecto y en la cual se señalen los eventuales compromisos que se asumen. Esta carta debe ir dirigida a la Directora de Investigación, Sra. María Elena Boisier.

2.- Indicar en el formulario online, el número de protocolo o ID de Ética y Seguridad UC que el sistema les entregue una vez ingresen los datos base del proyecto.

Importante Cambios en las Bases 2027

1. Postulación

1.1 Declaración obligatoria de uso de inteligencia artificial (Numeral 7.2 letra a — página 9) Se incorpora como requisito nuevo en la sección de información de la postulación. El/la IR debe declarar si utilizó herramientas de inteligencia artificial para asistir en la redacción, organización o revisión de la propuesta. En caso de informar su uso, debe describir la forma en que fue empleada la herramienta.

1.2 Eliminación de la carta certificada como medio de notificación (Numeral 7.2 letra a — página 9) En las bases 2027 se elimina la opción de carta certificada como medio de notificación. Todas las comunicaciones relacionadas con el proceso (postulación, evaluación, adjudicación, firma de convenio y ejecución) se realizarán exclusivamente por correo electrónico, utilizando la dirección registrada en la postulación. En las bases 2026 el postulante podía elegir entre correo electrónico o carta certificada.

1.3 Nueva sección "Principales Actividades" (Numeral 7.2 letra g — página 10) Se incorpora una nueva sección obligatoria en el formulario de postulación. El/la IR debe informar en idioma español las principales actividades que desarrollará en cada año de ejecución del proyecto, con un máximo de tres actividades por año.

1.4 Reestructuración SPL ANID (Numeral 7.2 — páginas 9–11) El formulario de postulación fue reorganizado y ampliado. Se añade la sección de Principales Actividades (letra g), ver punto anterior, y se renombran otras secciones. La sección de Recursos pasa a llamarse "Solicitud de Recursos" (letra i). Los postulantes deben revisar la estructura actualizada del Sistema de Postulación en Línea antes de iniciar su postulación.

1.5 Recomendación sobre metadatos en documentos adjuntos (Numeral 4.10 — página 5) Se agrega una recomendación explícita: se aconseja utilizar herramientas que eliminen o bloqueen la información contenida en los metadatos de los archivos adjuntos, de modo que no sea posible identificar al postulante o a la institución patrocinante al acceder a los documentos.

2. Admisibilidad

2.1 Nueva causal de inadmisibilidad: deudores de pensiones de alimentos (Numeral 4.13 — página 5 y 6) Se incorpora una nueva causal de fuera de bases: quien postule en calidad de IR no puede tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos a la fecha de cierre de patrocinio institucional, de acuerdo con la Ley N°21.756 de 2025.

2.2 Nueva categoría de extensión de plazo: persona cuidadora (Numeral 4.3.1 letra e — página 4) Se incorpora una nueva categoría que permite extender el período de acreditación del grado de doctor. Los/as investigadores/as que se encuentren en condición de persona cuidadora, conforme a la Ley N°21.380, pueden acreditar el grado de doctor a partir del 1 de enero de 2015. Para efectos de productividad, podrán seleccionar publicaciones desde el año 2019.

2.3 Nuevas causales de integridad en la investigación (Numerales 5.2, 5.3, 5.5 y 5.6 — páginas 6–7) Se amplía el título de Integridad en la Investigación con cuatro nuevas causales específicas que antes no estaban contempladas:

• La declaración de información falsa y la incorporación de citas bibliográficas que induzcan a engaño sobre la veracidad de la evidencia referenciada son causales para declarar fuera de bases o dejar sin efecto la adjudicación (numeral 5.2).

• La omisión de información necesaria para la evaluación también constituye causal de fuera de bases (numeral 5.3).

• Si se detecta que el/la postulante sugiere directa o indirectamente la calificación que deben asignar los evaluadores, la postulación será declarada fuera de bases (numeral 5.5).

• Si se detecta que el/la postulante incorpora en su postulación cartas de resultados de concursos anteriores, la postulación será declarada fuera de bases, dado que cada convocatoria se evalúa de forma independiente (numeral 5.6).

2.4 Objeto social de la institución patrocinante integrado en la definición (Numeral 2.12 — página 2) La concordancia del objeto social de la institución patrocinante con la actividad del proyecto pasa a formar parte de la definición misma de Institución Patrocinante. En las bases 2026 esta verificación estaba referenciada en un numeral específico de causales. La verificación se realiza en la instancia de adjudicación (numeral 9.2).

3. Evaluación

3.1 Cambio estructural del proceso de evaluación: de etapas a factores independientes (Numeral 8.3.1 — página 13) El proceso de evaluación cambia de forma significativa. En las bases 2026 existían dos etapas secuenciales: una primera etapa ciega para calidad y novedad, y una segunda etapa en que se revelaba la identidad para evaluar trayectoria. En las bases 2027 se evalúan dos factores de forma independiente y paralela: a) la propuesta de investigación (en modalidad ciega, por evaluadores externos o GE), y b) la trayectoria académica y de investigación (siempre en modalidad Panel, con información completa del postulante). Ya no se habla de etapas secuenciales.

3.2 Modalidades de evaluación: asignación dinámica y eliminación del Anexo N°4 (Numeral 8.3.2 — página 14) Se elimina el Anexo N°4 que en las bases 2026 fijaba de forma permanente la modalidad de evaluación para cada Grupo de Evaluación. En las bases 2027, la SPI determinará la modalidad de evaluación de cada GE una vez cerrado el período de postulación. Esta modalidad puede revisarse durante el proceso para proyectos específicos. Adicionalmente, el GE puede solicitar fundadamente cambiar la modalidad de evaluación de un proyecto determinado: Evaluación externa, mixta o por panel.

3.3 Posibilidad de cambio de Grupo de Evaluación (Numeral 8.1.1 — página 11) Se introduce una excepción a la regla de que no se admiten cambios de GE. En las bases 2027, la SPI podrá autorizar cambios de GE cuando el carácter de la investigación así lo amerite, siempre que sean solicitados por el GE respectivo antes del 31 de julio de 2026. El postulante será informado del cambio junto con los resultados del concurso. En las bases 2026 no se admitían cambios de GE en ninguna etapa.

3.4 Restricción de enlaces a versiones móviles en acreditación de trayectoria (Numeral 8.2.2 — página 13) Se establece que para efectos de la evaluación de trayectoria no se considerará información contenida en enlaces que dirijan a versiones móviles de sitios web. Solo se revisará la información incorporada directamente en la plataforma de postulación, en documentos adjuntos, y en enlaces estables y no modificables.

4. Adjudicación

4.1 Verificación de deudores de pensiones de alimentos previa a la adjudicación (Numeral 9.3 — página 15) Se incorpora un nuevo paso en el proceso de adjudicación: ANID solicitará al Servicio de Registro Civil una certificación en línea para verificar si el/la IR tiene inscripción vigente en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, conforme a la Ley N°21.756. Si existe inscripción vigente, el proyecto no podrá ser adjudicado. Esta verificación es independiente del procedimiento establecido para la firma de convenio (numeral 10.1.9).

4.2 Lista de espera: vigencia y lógica de activación (Numeral 9.5 — páginas 15–16) La vigencia de la lista de espera se extiende hasta el 31 de agosto de 2027. En las bases 2026, la vigencia general era hasta el 30 de junio, con extensiones excepcionales hasta el 31 de agosto. Además, se amplía la lógica de activación entre grupos: la norma ahora también aplica para aquellos GE que liberen un cupo y no cuenten con lista de espera asignada, no solo para cuando se agota la lista de un GE.

4.3 Actualización de la referencia a la Glosa presupuestaria y criterio de "seleccionados" (Numeral 9.8 — página 16) La referencia legal actualiza la glosa aplicable a la Ley N°21.796 de Presupuesto 2026. Adicionalmente, se modifica el criterio para considerar un proyecto como "seleccionado": en las bases 2027 quedan en esta categoría los proyectos con puntaje final igual o superior al del último proyecto adjudicado. En las bases 2026 se incluía también una nómina de proyectos no adjudicados por GE con puntaje final.

5. Ejecución financiera

5.1 Equipamiento: posibilidad excepcional de superar el monto máximo (Numeral 6.3 — página 8) El monto máximo para equipamiento se mantiene en $50.000.000 para toda la ejecución del proyecto. Sin embargo, las bases 2027 incorporan una excepción: de manera excepcional, ANID podrá aprobar un monto superior en la adjudicación, siempre que el/la IR incluya en la postulación una justificación que respalde la solicitud del equipamiento y el monto requerido.

5.2 Obligación tributaria del IR: emisión de boleta de honorarios (Numeral 6.1 letra a — página 7) Se incorpora explícitamente la obligación del/de la IR de emitir boleta de honorarios conforme al artículo 68 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL N°824/1974). Las retenciones tributarias se efectuarán de acuerdo con el artículo 74 del mismo cuerpo legal, según el mecanismo que ANID determine. Esta obligación no estaba explicitada en las bases 2026.

5.3 Requisito adicional para transferencia de cuotas de segundo y tercer año (Numeral 10.3.1 letra j — página 19) Se agrega como condición para la transferencia de la segunda y tercera cuota anual la presentación de un informe de actividades de la etapa correspondiente, en la forma que ANID disponga.

5.4 Actualización de la normativa de rendición de cuentas (Numeral 11.13 y Numeral 12.5 — páginas 22–23) La rendición de cuentas se rige además por la Resolución N°02 del 19 de enero de 2026 de la Contraloría General de la República, aplicable a transferencias realizadas desde el 1 de julio de 2026. Los nuevos plazos son: 60 días hábiles para que ANID revise la rendición, 20 días hábiles para que el receptor responda observaciones, y 20 días hábiles adicionales para que ANID apruebe o rechace definitivamente. Se establece una aplicación progresiva de los plazos: para el año 2027 los plazos serán 80/40/40 días hábiles, para 2028 serán 70/30/30, y desde 2029 regirán plenamente los plazos del artículo 25 de la Resolución N°02/2026: 60/20/20.

5.5 Nuevos requisitos de contenido para informes de rendición mensual (Numeral 11.13 — página 22) Se especifica que los informes de rendición de cuentas deben comprender: informe de rendición financiera mensual, informe de ejecución de actividades mensual, informe final e informe consolidado cuando corresponda. Todos deben entregarse dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente al informado. Si no se presenta en plazo, se tendrá por no rendida la cuenta. Este nivel de detalle no estaba contemplado en las bases 2026.

6. Cierre e informes académicos

6.1 Plazo para presentar certificaciones éticas: ampliación a un año (Numeral 11.2 y Anexo 1 — páginas 20 y 29) El plazo máximo para presentar las certificaciones éticas o bioéticas aprobatorias se amplía desde 3 meses contados desde la comunicación de adjudicación (bases 2026) hasta el cierre del primer año de ejecución del proyecto (bases 2027). Adicionalmente, se establece de forma explícita que el/la IR en ningún caso podrá iniciar fases experimentales sin que las certificaciones hayan sido presentadas y validadas por ANID. En caso de incumplimiento, ANID podrá declarar el término del proyecto y solicitar la restitución de fondos.

6.2 Informe académico final: publicación debe ser artículo original y no anterior al inicio del proyecto (Numeral 14.3 letra b — página 26) Se realizan dos precisiones respecto al requisito de publicación para la aprobación del informe final. Primero, se especifica que la publicación debe ser un "manuscrito científico (artículo original)", eliminando la posibilidad de que un producto distinto a un artículo original cumpla el requisito de forma independiente. Segundo, se establece expresamente que no se validarán como productos de la propuesta aquellos artículos publicados o aceptados cuya fecha de publicación o aceptación sea anterior al inicio del proyecto. Esta restricción temporal no existía en las bases 2026.

6.3 Nueva causal de término anticipado: detección de copia sustancial en informes (Numeral 14.4.1 letra h — página 27) Se incorpora una nueva causal de término anticipado declarada por la Agencia: la detección de copia sustancial no solo durante la postulación, sino también en la presentación de informes académicos durante la ejecución del proyecto, de acuerdo con lo señalado en el Título 5 de las bases.

Responsabilidades ✦  Revisar las bases concursales, preguntas frecuentes y otros documentos del concurso disponibles en FONDECYT.

✦  Estar atento/a a correos y comunicados publicados en este sitio, tanto para los procesos generales de postulación como para el proceso de patrocinio institucional.

✦  Informarse de los procesos internos de su Facultad, Escuela o Instituto para obtener los documentos solicitados por la DINV (DOI y Carta) para el respaldo del patrocinio Institucional a tiempo.

Información adicional ✦ En este concurso no se incluyen Coinvestigadores(as).

Consultas ✦  Consultas internas

Natalia Atencio Menares, Coordinadora de Investigación

fondecyt.uc@uc.cl

✦  Consultas externas ANID

A través de la plataforma de postulación de FONDECYT en el botón AYUDA hasta el 5 de mayo de 2026.

Cierre de postulación

Martes 12 de Mayo de 2026, 16:00 hrs

Postula en linea launch

➥ Solicitud de Patrocinio UC: Proceso obligatorio con plazo hasta el miércoles 13 de mayo 2026 a las 16hrs.

➥ Envía tu certificado de grado si tienes dudas sobre la validez del documento que acredita el grado (por ejemplo fechas, vigencia, formato o cumplimiento de bases). Dado que el objetivo es poder revisar oportunamente y, en caso de observaciones, que dispongas de tiempo suficiente para solicitar un nuevo documento en tu institución, el envío debe realizarse a más tardar el 28 de abril para nuestra revisión.

Contacto UC

Natalia Atencio, Coordinadora de Investigación


Calendario Fondecyt Iniciación 2027

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